Colombia y Nicaragua con fallo de La Haya

La Corte Internacional de Justicia (CIJ) falló este 21 de abril a favor de Nicaragua y decidió que Colombia debe “cesar inmediatamente” sus operaciones patrulleras y sus actividades de pesca e investigaciones marítimas en aguas de la zona económica exclusiva nicaragüense.

El fallo de La Haya da así la razón a Nicaragua en su querella presentada en 2013 sobre supuestas violaciones de derechos soberanos y espacios marítimos por parte de Colombia en el mar Caribe.

La CIJ “falló por nueve votos contra seis… que la República de Colombia debe cesar inmediatamente esta conducta”, dijo el juez Joan Donoghue, en referencia a los incidentes entre la marina colombiana y las embarcaciones de investigación y pesca nicaragüenses.

Nicaragua y Colombia llevan décadas disputándose en instancias internacionales la soberanía del archipiélago de las islas de San Andrés, Providencia y Santa Catalina y las actividades sobre las aguas en disputa han sido origen de varias controversias.

El veredicto de La Haya no implica ningún cambio en los mapas de los dos países, como sí sucedió con el del 19 de noviembre de 2012.

El agente colombiano ante la Corte Internacional de Justicia de La Haya, Carlos Gustavo Arrieta, se pronunció en la mañana de este 21 de abril en torno al fallo del alto tribunal por la demanda de Nicaragua que argumentó que se han violado sus derechos en el Caribe por parte de Colombia.

Colombia puede seguir haciendo presencia naval             

Desde Países Bajos el abogado colombiano hizo el primer pronunciamiento oficial por parte del Estado colombiano. “Colombia está satisfecha con el resultado del fallo”, dijo.

Y agregó que, a pesar de que la Corte sí hace algunos cuestionamientos a algunas acciones de Colombia, lo cierto es que “pudo sacar adelante los puntos que quería”. A continuación, le contamos cuáles son.

Colombia no incumplió fallo de 2012: “Colombia está muy satisfecha con la decisión porque la Corte le dio la razón en uno de los argumentos más importantes de toda la controversia: en primer lugar, la Corte no dijo que Colombia haya incumplido el fallo del 2012, y esto es crucial”, dijo Arrieta.

“Por consiguiente, ese planteamiento que era tan crítico para Colombia lo reconoció la Corte, y eso me parece un gran éxito de parte del país”, destacó.

Libertad de navegación: Arrieta explicó Colombia logró sacar adelante el punto de la libertad de navegación. “Quedó claro que la Armado puede seguir patrullando y haciendo operativos en materia de la lucha contra el narcotráfico en la zona”. Según el abogado, podrá hacerlas en todo el Caribe occidental salvo dentro de las 12 millas de mar territorial de los demás países.

En efecto, la Corte reconoció el principio de libertad de navegación y el derecho que tiene Colombia a través de la Armada Nacional de hacer presencia en aguas alrededor del archipiélago de San Andrés y Providencia y en el Caribe occidental en general, así como es el derecho que tiene para realizar operaciones relacionadas con la lucha contra el tráfico de estupefacientes y el crimen organizado en general.

“Este también es un gran éxito en la estrategia de defensa de Colombia y materia orgullo en la medida que se trata de un tema de gran relevancia internacional”, dijo.

“Queda absolutamente claro que Colombia puede seguir haciendo presencia naval en el área, puede continuar patrullando y puede hacer operaciones en materia de lucha contra el narcotráfico”, agregó.

Zona contigua integral: Sobre la Zona Contigua Integral, establecida por Colombia con el Decreto 1946 de 2013, la CIJ manifestó  que no se ajusta al derecho internacional consuetudinario, “porque su anchura supera las 24 millas náuticas desde las líneas de base y porque los poderes que Colombia hace valer dentro de la Zona Contigua Integral excedan los permitidos por las leyes internacionales”.

En contra de lo que sostenía Nicaragua, Arrieta destacó que la Corte reconoció que todas las islas y cayos colombianos en el Caribe tienen derecho a una zona contigua de 12 millas más allá de las 12 millas del mar territorial, lo cual es de enorme relevancia, en la medida que nos permite reintegrar el archipiélago, cuya integridad se ve afectada por la decisión de la corte del 2012.

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“Nicaragua pretendía quitarnos ese derecho, pero la Corte lo mantuvo”, destacó.

Sin embargo, destacó que el tribunal internacional pidió que se le hicieran algunos ajustes al decreto en cuanto a la extensión en algunos lados y en algunas atribuciones de Colombia, “pero en esencia mantuvo el concepto de integralidad” y la zona contigua.

Cabe recordar que el gobierno de Juan Manuel Santos expidió en septiembre de 2013 un decreto que creó la Zona Contigua Integral, con el cual aseguró que realizaría actividades para la protección del Caribe colombiano. Este decreto incluyó la acción de protección en espacios marítimos que dejaron de pertenecer a la ZEE de Colombia en el fallo de la CIJ de 2012.

Comunidades raizales: Uno de los puntos centrales de esta disputa eran los derechos a la pesca por parte de las comunidades raizales debido a su arraigo en la región. Aunque la Corte dijo no tener evidencia suficiente para probar los derechos históricos de los raizales, sí  consideró que la mejor salida es que Colombia y Nicaragua lleguen a un acuerdo bilateral al respecto.

Por su parte, el exmagistrado Manuel José Cepeda, coagente de Colombia ante la Corte Internacional de Justicia, explicó que, así las cosas, “los raizales pueden navegar hasta sus bancos tradicionales de pesca ubicados en aguas colombianas, y Nicaragua, según la Corte, no puede impedirles el acceso y mucho menos quitarles la pesca”.

Decreto de Nicaragua: El abogado igualmente resaltó el hecho de que la Corte, como lo planteó Colombia, haya determinado que el decreto de puntos y líneas de bases rectas de Nicaragua es contrario a la ley y que desconoce los derechos de Colombia.

“La Corte no aceptó la peculiar pretensión de Nicaragua de mantener su jurisdicción para continuar conociendo el estado del proceso y además, y esto es crítico, tampoco aceptó la solicitud de ese país de decretar compensaciones a favor de Nicaragua”, destacó.

De todas maneras, el abogado reconoció que la Corte indicó que Colombia incumplió el derecho internacional en algunas pocas operaciones por parte de embarcaciones de la Armada Nacional.

“Más allá de un llamado de atención, la Corte no estableció ninguna consecuencia para estas situaciones”, dijo el abogado.

Para Arrieta, en general el balance del fallo “es muy favorable para Colombia, nos consideramos contentos con los resultados”.

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